Gestionar los procesos pre judiciales y judiciales de los clientes que se encuentren con deuda vencida a fin de asegurar la recuperación de los diferentes créditos. Asegurar y optimizar el cumplimiento de los objetivos de recuperación de cartera sujeta a procesos judiciales asignada a su cargo. Evaluar los expedientes de clientes y fiadores para la recuperación de la cartera asignada, cumpliendo con la normativa vigente; así como analizar los antecedentes y gestiones de las instancias de cobranzas correspondientes. Consolidar la información de créditos a ser propuesto para castigo y elaborar los Informes Legales de Irrecuperabilidad para remitirlos al Supervisor de Cobranzas Judiciales.Somos una empresa especializada en créditos para las micro y pequeñas empresa.Desde hace 29 años mantenemos nuestro compromiso con la inclusión y con nuestro propósito de llevar acceso financiero para el desarrollo de las comunidades al interior de nuestro país.**Nuestra Visión**:"Ser una de las principales instituciones financieras líder en micro finanzas en el Perú".**Nuestra Misión**:"Creces, Crecemos".**Nuestros Valores**:- Confianza- Innovación- Trabajo en equipo- Pasión**Requisitos**:Abogado colegiado y habilitado. Experiência mínima de 2 años en el puesto o similares en el sector financiero. Experiência en proceso civil y derecho registral/notarial. Manejo de herramientas Ms Office a nível intermedio (indispensable). Disponibilidad para viajar a otras ciudades.BeneficiosIngreso a Planilla desde el 1er día de labor.Remuneración acorde al mercado.Remuneración variable (comisiones).Linea de carrera.Somos una organización comprometida con la igualdad y equidad de oportunidades. Por ello, todos nuestros procesos de selección se rigen bajo una política de igualdad de derechos y oportunidades, donde nuestros postulantes son considerados sin importar su condición económica, social, física, mental, origen, raza, idioma y/o cualquier otra.La presente convocatoria es aplicable a personas con discapacidad, en conformidad a lo establecido en la Ley N° 29973, Ley de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.Agradecemos su participaciónDepartamento de Gestión Humana